La sección 15 de la Audiencia de Barcelona ha fijado el criterio para computar el plazo para formular reclamación a las cláusulas abusivas.
El tribunal ha resuelto, por mayoría, que el plazo debe empezar a computar desde enero de 2017, cuando hay elementos que le permiten afirmar que un consumidor medio era consciente de los derechos que la Directiva 93/13 le reconoce contra una cláusula abusiva de gastos.
Esta decisión de la sección 15ª de la Audiencia Provincial de Barcelona, sobre el inicio del cómputo del plazo que el consumidor tiene para reclamar al Banco, la parte de los gastos de la formalización de los contratos de préstamo hipotecario, que había asumido abusivamente
La sentencia contiene voto particular discrepante de uno de los magistrados.
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