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  • El Juzgado de primera instancia 50 de Barcelona ha decido poner en marcha un modelo para la presentación de demandas de cláusulas del suelo y cláusulas abusivas. Lo ha emprendido por la masificación de procedimientos de esta índole

 

Con Simo Procuradores, procuradores de los Tribunales en Barcelona, analizamos los aspectos más destacados de este acuerdo

Las cláusulas del suelo y cláusulas abusivas ya disponen de un modelo normalizado en el Juzgado de primera instancia 50 de Barcelona. Ante la masificación de procedimientos de estas características, el tribunal ha decidido establecer un acuerdo que recoge la forma de proceder para la presentación de estas demandas.

El objetivo pasa por resolver, con la mayor brevedad posible, la lectura, análisis y decisión de dichos litigios. Así, pone en funcionamiento este acuerdo que se centra en la forma de presentar los escritos tanto de demandas como de contestación a los mencionados procedimientos.

En este sentido, se perfila como una recomendación no vinculante dirigida a abogados y procuradores que complementa lo dispuesto en los artículos 399 y 405 LEC. De este modo, las partes que observen las mismas gozan de la garantía de que sus escritos serán abordados por el tribunal con la mayor facilidad y eficacia.

Así, el tribunal solicita la máxima colaboración de los profesionales que acuden al mismo dada la ingente cantidad de asuntos que acuden a él y de los que conoce.

Como se ha mencionado, los escritos constan de dos partes: escrito de la demanda y contestación de la demanda.

Escrito de la demanda

Por un lado, en el escrito de la demanda han de estar recogidos una ficha resumen con los motivos y alegaciones principales. Esta no habrá de superar las dos páginas. En él, han de figurar: la denominación de la demanda, los nombres de la parte demandante y la parte demandada, domicilio del consumidor y cuantía de la demanda, un enunciado esquemático de las acciones que se ejercitan, una breve exposición, a modo de resumen, de los hechos que sustentan la pretensión, una breve exposición de la argumentación jurídica estructurada en función de los motivos invocados. Cada motivo deberá de ir precedido de un título para identificarlos, un índice de los documentos acompañados y la ficha terminará con la incorporación del suplico de la demanda.

Contestación de la demanda

Por otro lado, en la contestación habrá de figurar una ficha resumen de los motivos y alegaciones principales, con una extensión que no superará las dos hojas. En ella, habrán de recogerse: la denominación de contestación de la demanda, el número de procedimiento asignado, un enunciado esquemático de las excepciones procesales que se oponen, una breve exposición, a modo de resumen, de los hechos que sustentan la oposición, una breve exposición de la argumentación jurídica estructurada en función de los motivos materiales de exposición invocados. Cada motivo deberá ir precedido de un título para identificarlos y un índice de los documentos acompañados.

Con todo ello, los profesionales tienen una guía que facilita tanto su trabajo como el del tribunal.




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