La Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado a penas que van desde los 6 meses de cárcel a los 12 años y 4 meses para 20 de los 27 acusados en el juicio por la estafa de Fórum Filatélico, a la que considera el “paradigma de las estafas piramidales”.
El expresidente de la entidad Francisco B. resulta condenado a 12 años, 4 meses y 16 días de prisión por delitos de estafa agravada continuada en concurso con insolvencia punible y falseamiento de cuentas anuales continuado y por delito de blanqueo de capitales. Se le impone, además, una multa de 49,7 millones de euros y una responsabilidad civil por la que deberá indemnizar, junto con otro de los condenados, a los 190.022 titulares de los 269.570 contratos filatélicos reconocidos por la Administración Concursal en el Juzgado Mercantil 7 de Madrid en una cantidad superior a los 3.700 millones de euros.
La Sala condena igualmente al exdirector general de Fórum Filatélico Antonio M. a 2 años y 3 meses como cómplice de delito continuado de estafa agravada en concurso con insolvencia punible y por blanqueo y multa 15,9 millones de euros al aplicarle la atenuante de confesión, mientras que al exdirector jurídico Juan Ramón G. le impone la pena de 6 años y 3 meses e igual multa por estafa agravada y blanqueo.
El fallo también condena a los auditores José C.S. y Rafael R.B. como cooperadores necesarios en el delito de falseamiento de cuentas societarias a las penas de 2 y 1 año de cárcel, respectivamente. El resto de acusados, colaboradores en la estafa y en los delitos de blanqueo de capitales, resultan condenados a penas de prisión de entre 6 meses y 4 años y multas que llegan hasta los 63,5 millones de euros.
El Tribunal absuelve a los cuatro miembros del Consejo de Administración que fueron juzgados –Miguel Ángel H., Francisco José L.G., Agustín F.R. y Juan M.M.- por los delitos de estafa agravada continuada, insolvencia punible y falseamiento continuado de cuentas societarias.
La resolución de la Sección Primera, con ponencia del magistrado Ramón Sáez, aplica a todos los condenados la atenuante de dilaciones indebidas simple. Se acuerda el decomiso de numerosas fincas y cuentas bancarias y el dinero depositado en cajas de seguridad y se ordena que todo el dinero que se obtenga en la ejecución sea puesto a disposición de la Administración concursal para que lo distribuya de manera ordenada entre los perjudicados.
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