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  • La sentencia declara probado que la víctima fue tiroteada por una persona desconocida el 9 de diciembre de 2016. El fallo, que puede ser recurrido ante el TSJCV, recoge el veredicto de no culpabilidad emitido por un jurado popular al término del juicio

La Audiencia de Alicante ha absuelto de los delitos de asesinato y tenencia ilícita de armas al acusado de matar a su suegra en un concesionario de coches el 9 de diciembre de 2016.

La sentencia, que ha sido notificada este lunes a las partes y puede ser recurrida en apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV), recoge el veredicto de no culpabilidad que emitió un jurado popular, al término del juicio, el pasado 10 de noviembre.

La resolución declara probado que la víctima “fue disparada por una persona desconocida” sobre las 18.55 horas en el concesionario de coches Novocar, ubicado en Alicante, y falleció diez minutos más tarde.

Media hora antes, en torno a las 18.25 horas, el acusado, Miguel L.P., le había dado a su suegra las llaves del vehículo que ella había acudido a recoger esa misma tarde al concesionario.

La magistrada que ha presidido el juicio detalla en la sentencia los argumentos esgrimidos por los miembros del jurado para pronunciarse a favor del reo.

“La primera conclusión que se puede extraer del veredicto emitido por el jurado, dado que al acusado se le atribuye la autoría material y directa de los dos disparos que acabaron con la vida de la víctima es que el acusado, cuando se produjeron dichos disparos, ya se encontraba fuera de las instalaciones de Novocar”, explica.

Según la argumentación del jurado, ningún testigo vio a Miguel L.P. acompañar a su suegra al lavadero del concesionario para recoger el coche. Además, la prueba de parafina para detectar en él residuos de disparos dio un resultado negativo. Igualmente, no se encontraron huellas del acusado ni su ADN en el escenario del crimen.




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