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  • El magistrado presidente aplica la pena que acordaron las partes, con la eximente incompleta de enajenación mental, y una “medida de seguridad privativa de libertad” frente a la cárcel con su internamiento en un centro psiquiátrico

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Bizkaia ha condenado a 12 años de prisión al autor del asesinato con alevosía de su novia el 3 de octubre de 2015 en el domicilio familiar de Erandio. El magistrado presidente aplica la pena que acordaron las partes, con la eximente incompleta de enajenación mental, y una “medida de seguridad privativa de libertad” frente a la cárcel con su internamiento en un centro psiquiátrico por un periodo de quince años.

El magistrado cita en su resolución el criterio del Tribunal Supremo en el sentido de que personas con este tipo de patología mental deben cumplir recluidos en un centro apropiado el tiempo mínimo con el que se castiga el delito genérico que, en este caso, iría de 15 a 25 años.

Además, la resolución atiende la petición de órdenes de alejamiento de siete personas, entre familiares de la víctima y testigos que declararon bajo protección en la vista oral. Impone también al acusado la prohibición de residir en el territorio histórico de Bizkaia y de acercarse a las personas que han solicitado la medida de protección durante diez años.




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