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Hasta el momento, te hemos hablado de los derechos y las obligaciones que tienen los inquilinos de una vivienda en alquiler. Sin embargo, resulta interesante prestar atención a la otra parte de un contrato de arrendamiento. Te hablamos de los propietarios. Y es que, al igual que los inquilinos, los caseros tienen una serie de privilegios de los que pueden disfrutar y unos deberes que es conveniente conocer. Todos ellos recogidos bajo la Ley de Arrendamientos Urbanos. Por ello, desde reclamador.es, vamos a contarte cuáles son los pros y los contras de ser el propietario de la vivienda en un contrato de alquiler. ¡Allá vamos!

5 derechos que tienes como casero

Conocer los derechos del propietario es algo fundamental para poder defenderlos de manera adecuada si se diera el caso. Son los siguientes:

1. Derecho a recibir puntualmente el pago de la renta del alquiler que haya acordado con el inquilino.

Además, tendrá derecho a recibir una fianza como garantía de que la vivienda le será devuelta en las mismas condiciones en las que se entregó al inquilino.

La cantidad de esta fianza, por lo general, será equivalente a una o a dos mensualidades de la renta. Aunque hay ocasiones en las que se pide más. Especialmente si la vivienda tiene mucho valor. Todo ello será negociable a la hora de redactar y firmar el contrato de arrendamiento.

2. Derecho a exigir al inquilino que repare los daños que éste haya podido causar en la vivienda.

Ya sea por un uso indebido del inmueble o por consecuencia del uso diario. No obstante, los daños estructurales del inmueble o los causados por otros vecinos que afecten a la habitabilidad de la vivienda, deberán ser sufragados por el casero.

3. Derecho a aumentar la renta del alquiler en función de lo que se haya especificado en el contrato.

Muchos de los contratos de alquileres de vivienda que se formalizan cada año en nuestro país, son de larga duración. Por ello, es conveniente que el arrendador introduzca en el contrato una cláusula que le permita modificar la cuantía de la renta cada año. Si no se introduce dicha cláusula en el contrato, el casero deberá cobrar el mismo importe en concepto de renta durante la duración del contrato. Esto le puede ocasionar un gran perjuicio, ya que es muy probable que el mercado del alquiler se encarezca y el casero no pueda aumentar el precio ni finalizar el contrato hasta pasados tres años de la firma.

La realización por el arrendador de obras de mejora, transcurridos 3 años de duración del contrato, le dará derecho al aumento de la renta aunque no estuviese pactado en contrato. 

4. Derecho a suspender el sistema de prórrogas del contrato de alquiler cuando haya pasado el primer año de duración del contrato.

Eso sí, el casero tendrá que comunicárselo al inquilino con, al menos, 30 días de antelación y, en cualquier caso, apelando a la cláusula de necesidad. Esto es, que se tiene la necesidad de disponer de la vivienda para destinarla a vivienda permanente para sí mismo o para sus familiares.

5. Derecho a solicitar la resolución judicial del contrato de alquiler si el inquilino no paga las rentas.

O bien, si éste subarrienda la vivienda sin el consentimiento del propietario o si el inquilino hace obras sin permiso. También, cuando el inquilino realice en la vivienda actividades molestas, insalubres, nocivas o peligrosas.

Vivienda de alquiler: 5 derechos y 5 obligaciones que tienes como inquilino




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