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  • El Juzgado de lo Mercantil nº 10 de Madrid ha admitido a trámite la demanda colectiva presentada por OCU contra Apple por prácticas comerciales engañosas.
  • OCU exige una indemnización para los usuarios españoles por un importe que oscila entre los 99 y 189 euros.
  • Los usuarios aún pueden inscribirse en la campaña en la que OCU defiende a los consumidores frente a la obsolescencia programada.

La Organización de Consumidores (OCU) presentó una demanda colectiva para defender en juicio a todos los afectados por la obsolescencia programada en la gama de iPhone 6, en España, unos 400.000 usuarios en base a las prácticas comerciales injustas, engañosas y agresivas de Apple, que para la organización ha actuado de manera fraudulenta ocultando información a los usuarios, vulnerando así la Ley de Competencia Desleal y la Ley General de Defensa de los Consumidores y Usuarios.

OCU considera que Apple actualizó el software en los diferentes modelos del iPhone 6 para enmascarar los problemas de rendimiento de sus baterías, sabiendo que esto causaría una ralentización y pérdida de rendimiento de los teléfonos. Al hacer esto, los usuarios pensaron que el iPhone se les había quedado viejo, porque les iba “más lento” un hecho que les empujó a cambiar de modelo.  Apple de manera deliberada condicionó a los consumidores para renovar sus iPhones causándoles un perjuicio económico que se cifra entre 40 y 80 millones de euros, aproximadamente.

Por ello OCU decidió iniciar acciones legales contra el gigante tecnológico:

  • OCU presentó en diciembre de 2020 unas diligencias preliminares para solicitar a Apple que identificara a los afectados, a fin de que, en base a la legitimación que tiene para ello, la organización pudiera defenderles en un Juzgado.
  • En mayo de 2022 OCU presentó la demanda en la que solicitaba a Apple una compensación, no solo por el perjuicio causado por el cambio de móvil o de batería al que se vieron obligados, sino también por los daños morales: la pérdida de rendimiento de sus dispositivos hizo que vieran frustradas sus expectativas y su grado de satisfacción con la marca. Por todo ello, solicita una compensación de entre 99 y 189 euros. Esta cifra procede de la suma del importe de la batería (entre 29 y 89 euros, según si se acogió o no al plan de reemplazo), más un 10% del precio de compra del móvil (entre 699 y 999 euros, según el modelo, capacidad, etc.).
  • Recientemente esta demanda ha sido admitida a trámite por el Juzgado de lo Mercantil nº 10 de Madrid. OCU considera positiva la admisión, ya que legitima el trabajo de la Organización en esta acción colectiva por interese difusos en la que representa a más de 400.000 afectados.

Esta acción se enmarca dentro de la campaña que puso en marcha para animar a los usuarios afectados a luchar contra la obsolescencia programada y anima no solo a los afectados directos sino a todos aquellos consumidores que no están dispuestos a tolerar este tipo de acciones deliberadas en contra sus derechos a que se unan a la campaña y que den su apoyo necesario para poner freno a estas prácticas que de una manera o de otra nos perjudican a todos.

OCU recuerda que asumirá el gasto necesario para entablar esta contienda judicial, pagando los honorarios de abogados y procuradores, para que los afectados no tengan que incurrir en coste alguno. En caso de perder la acción judicial, los afectados tampoco tendrán que asumir las costas del proceso. OCU confía en que la justicia ponga freno a estos comportamientos lesivos para los consumidores afectados y la sociedad en general.

Más información en este enlace.




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