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Bilbao, 9 ene (EFE).- El presidente de Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), Iñaki Subijana, ha afirmado que una ley de amnistía "en abstracto" cabe en la Constitución.

Según ha precisado en una entrevista en Radio Euskadi, "la posibilidad de regular una amnistía es constitucional, otra cosa es su contenido".

Subijana también se ha pronunciado sobre la propuesta del PP de incorporar al Código Penal nuevos delitos -deslealtad constitucional al declarar la independencia y referéndum ilegal- e ilegalizar a los partidos que los cometen.

Según ha mantenido, los "cambios" en el Código Penal no deben responden a "coyunturas determinadas", como sería este caso, sino que requieren "un proceso de reflexión profunda".

También se ha mostrado contrario a la mediación de la UE en las negociaciones entre el PSOE y el PP para renovar el Consejo General del Poder judicial (CGPJ) tras cinco años sin alcanzar un consenso y ha remarcado que "no es su competencia".

"La competencia natural tampoco es de los partidos, sino del Congreso y el Senado", ha remarcado, y ha puntualizado que la renovación se debe llevar a cabo "según la legislación vigente, que es constitucional, y de forma inmediata".

"Después se puede valorar si procede un cambio normativo en el sistema de elección", ha dicho, y ha añadido que, en su opinión, el mejor sistema sería que los propios jueces eligieran a 12 miembros y el Congreso a los ocho restantes.

Se ha referido también a la propuesta del Ministerio de Sanidad de retomar la obligatoriedad de la mascarilla en los centros sanitarios y ha asegurado que la regulación legal actual posibilita imponer esa decisión, aunque es recurrible para verificar si existen los elementos que la justifican.

Sobre la crisis de los pellets en las playas gallegas y asturianas ha indicado que "hipotéticamente" podría tratarse de un delito medioambiental y sobre el apaleamiento en Nochevieja de un muñeco caracterizado como el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha opinado que, de considerarse delito, estaría relacionado con la protección de una figura institucional.

No sería un delito de odio porque dicho delito está pensado para proteger a colectivos vulnerables, según ha señalado. 




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