Carpeta de justicia

LawAndTrends



Madrid, 17 nov (EFE).- La Asociación de Mujeres Juezas de España (AMJE) ha pedido "contención" a la ministra de Igualdad, Irene Montero, que ha responsabilizado a los jueces de la rebaja de condenas a agresores sexuales, y que no se precipite culpando a los magistrados de una situación de "transitoriedad normativa" que necesita de un tiempo para que juzgados y tribunales fijen criterio.

En un comunicado tras la polémica suscitada por la rebaja de condenas a agresores sexuales al amparo de la aprobación de la ley del solo sí es sí y tras las críticas del Ministerio de Igualdad, que ha acusado a los jueces de no aplicar correctamente la norma por "machismo", esta asociación ha hecho un llamamiento a la calma y ha pedido "contención" al poder ejecutivo.

La ley, recuerda la AMJE, ha entrado en vigor muy recientemente y ha supuesto "importantes cambios de planteamiento", por lo que ha pedido "tiempo" para que los juzgados y tribunales vayan resolviendo los casos planteados y estableciendo criterios unitarios de aplicación en aquellos aspectos que puedan dar lugar a distintas interpretaciones, también en el caso de las revisiones.

En este sentido, ha instado a mantener la confianza en la actividad de los tribunales y dejarles desempeñar su labor. "No es razonable instar a la reforma de una ley que aún no ha tenido un mínimo recorrido práctico", ha subrayado.

Cree que esta situación de "transitoriedad normativa" era esperable y forma parte de la normalidad democrática, por lo que reclama a Montero que no se "precipite" culpando a jueces y juezas.

Para la AMJE, la reforma de los delitos sexuales ha colmado la necesidad de aplicar la perspectiva de género en una materia tan sensible como ésta, y nos ha dotado de un sistema "racional y moderno" que pone el foco en la protección de la víctima.

Apunta que es importante que la sociedad conozca que cuando se produce cualquier reforma penal que afecta a la descripción de las conductas prohibidas y al castigo aplicable, es esperable que se produzcan revisiones de condena cuando, en el supuesto concreto, pueda resultar más favorable al reo que la regulación anterior. 




No hay comentarios.


Hacer un comentario

He leido y acepto los términos legales y la política de privacidad