Bernardo Bande García-Romeu, presidente de AEDAF, y Vicente Sánchez Velasco, CEO de Aranzadi LA LEY han renovado en representación de sus respectivas organizaciones para el ejercicio 2024 su alianza en los campos formativos y técnicos, para seguir aportando a los profesionales de la asesoría fiscal las últimas herramientas formativas y de información especializada.
Mediante este acuerdo, Aranzadi LA LEY mantiene el patrocinio principal en los eventos más relevantes de AEDAF, que agrupa a más de 3.500 titulados universitarios especializados en materia fiscal enfocados principalmente al asesoramiento tributario. Se da continuidad también a la permanente colaboración en las áreas de información y formación que son de interés común para ambas organizaciones. Los asociados de AEDAF se benefician en exclusiva de los servicios y productos de alto valor de LA LEY. La página del Gabinete de Estudios, desarrollada por LA LEY, incluye un potente buscador sobre documentación técnica y publicaciones elaboradas por el Gabinete, así como la más completa jurisprudencia, legislación y doctrina administrativa de interés para el ámbito tributario. También cuentan con un acceso a la laleydigital, la mejor solución experta para el abogado, y una amplia selección de revistas, monografías, informes y contenidos actualizables en la biblioteca digital Legalteca.
La firma ha tenido lugar en el marco del XVII Encuentro AEDAF, Jornada Nacional de Estudio 2024, donde se han dado cita cerca de trescientos profesionales que tuvieron ocasión de compartir experiencias profesionales y asistir a seis mesas de debate a cargo de una veintena de reconocidos expertos del sector. Durante el Encuentro se abordaron cuestiones que sin duda van a marcar el futuro inmediato de la fiscalidad de las empresas y su relación con la Administración Tributaria, como la implementación de las autoliquidaciones rectificativas, la implantación de la factura electrónica en el sector privado, la tributación mínima en el Impuesto sobre Sociedades y la Directiva sobre el Pilar II-tributación mínima global, así como otros de carácter más práctico como la interposición de sociedades en la prestación de servicios profesionales de personas físicas, la puesta al día sobre la deducción de la retribución de los administradores o la planificación en el Impuesto sobre Patrimonio e Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
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