Carpeta de justicia

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Cuando dejamos atrás nuestro país de origen y nos dirigimos a otro para trabajar o probar mejor fortuna, solemos tener una sensación de desconcierto y preocupación ante la nueva etapa. A esto hay que sumar la obligación de realizar los engorrosos trámites para regularizar la situación en la que nos encontramos en el país de destino. 

¿Qué es la Tarjeta de Residencia?

La Tarjeta de Residencia es un carné que contiene el NIE (Número de Identidad de Extranjero), los datos personales, la fotografía y la huella dactilar. Es necesaria para trámites en los que se requiera prueba de su domicilio actual en España (por ejemplo, para realizar trámites en los bancos como apertura de cuentas, adquirir una propiedad inmobiliaria, etc.).

En el caso de extranjeros familiares de comunitarios, pueden obtener la llamada Tarjeta de Familiar Comunitario, con una validez inicial de cinco años, tras los cuales debe ser renovada.

Los solicitantes originarios de países no pertenecientes a la Unión Europea (UE) –conocidos también como extracomunitarios- pueden solicitar una Tarjeta de Residencia o de Residencia y Trabajo, que inicialmente tiene una vigencia de un año. Tras este plazo, el extranjero extracomunitario deberá solicitar la renovación de su tarjeta y, en la mayoría de tarjetas, dicha renovación conllevará el permiso de residencia por dos años.

Por su parte, los ciudadanos de la UE no necesitan una Tarjeta de Residencia en España, sino solicitar el Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión. Por último, aquellos que actualmente tienen una Tarjeta de Residencia no necesitan volver a solicitarla hasta que expire la tarjeta.

El NIE es un número que figura en la Tarjeta de Residencia y que el Servicio de Inmigración emite una vez que el extranjero obtiene la residencia. Ése será su número de identificación en España. Es necesario para poder presentar declaraciones de impuestos, establecer comercios, abrir cuentas bancarias y para casi cualquier formulario que deba cumplimentar. Tanto los ciudadanos comunitarios como los extracomunitarios reciben un NIE.

¿Cómo puedo solicitarla?

La residencia y el NIE se deben solicitar en la Oficina de Extranjeros más cercana. Sin embargo, las oficinas de extranjeros llevan a cabo los trámites de los solicitantes locales, por lo que tanto el tiempo de espera en la oficina, como el tiempo de espera para la emisión de la Tarjeta de Residencia pueden variar en gran medida de una oficina a otra, incluso en la misma ciudad.

Por otra parte, en ocasiones sucede que se puede tramitar el NIE más rápido que la Tarjeta de Residencia, por lo que si le urge tramitarlo cuanto antes quizá prefiera tramitar por separado el NIE y la Tarjeta.  

En cuanto a la autorización de trabajo, ésta se concede conjuntamente con la de residencia, si se solicita un Permiso de Residencia y Trabajo. Sin embargo, la eficacia de la autorización de residencia y trabajo está condicionada al alta del trabajador en la Seguridad Social. La Entidad Gestora comprobará en cada caso la previa habilitación de los extranjeros para residir y realizar la actividad lucrativa, laboral o profesional que quieren desempeñar en España.

Existe también otra opción para los extranjeros que no reúnen los requisitos para obtener una autorización de residencia y trabajo: solicitar una tarjeta de residencia sin derecho a trabajar, llamada Tarjeta de Residencia No Lucrativa. Dicha tarjeta les permitirá residir en España durante un período inicial de un año. Transcurrido dicho período, deberán solicitar su renovación.

En conclusión, un extranjero que se encuentre en situación irregular puede solicitar un Permiso de Residencia y Trabajo. Existen múltiples posibilidades de obtener dicho permiso y todas dependen de la situación personal y familiar del extranjero en España. La tarjeta siempre tiene una validez limitada y una vez caduque la misma, el extranjero deberá solicitar su renovación para no quedar en situación irregular.

 

Cristina Aguilar

Asociada en ICN LEGAL




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