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¿Sabías que te pueden cobrar por un rescate en la montaña? ¿Conoces en qué casos? ¡Sigue leyendo!

Todos los ciudadanos tienen derecho a ser protegidos y atendidos por las Administraciones Públicas. Pero en los accidentes ocurridos por el desarrollo de algunas actividades al aire libre es posible que se cobre por el rescate. Veamos algunas consideraciones.

¿A quién se ha de llamar en caso de emergencia?

Las Comunidades Autónomas tienen sus propios servicios de rescate y colaboran con la Guardia Civil, firmándose entre ambas autoridades convenios de colaboración. Las llamadas de emergencias en todo el territorio nacional se atienden por las centrales de 112. No obstante, el teléfono de atención de la Guardia Civil para emergencias es el 062.

¿Me pueden cobrar por un rescate?

En España existen diversas Comunidades Autónomas (Cataluña, Canarias, Asturias, País Vasco, Navarra, Cantabria y Castilla León) que contemplan una tasa en aquellos rescates en que se den circunstancias especiales debido a los costes invertidos. En líneas generales, el coste medio de un rescate oscila entre los 5.000 y los 8.000 euros, en función de los medios invertidos como helicópteros, barcos, etc.

Las Administraciones Públicas tienen el deber de asistir a todas las personas que se encuentren en una situación de peligro para su vida o integridad física. Pero el cobro de una tasa se argumenta en los casos en los que el ciudadano está realizando voluntariamente una actividad de riesgo de la cual pueden derivar inconvenientes y peligros (también para los rescatadores).

Se analizarán las circunstancias de cada caso, como si el hecho se ha producido debido a una imprudencia o negligencia. Por ejemplo, que hubieran existido partes meteorológicos desfavorables que desaconsejaran la actividad o la falta de equipamiento adecuado.

¿Se puede cubrir con un seguro?

Antes de iniciar una actividad de riesgo (una salida a la montaña, escalada, senderismo, pruebas deportivas, esquí…) resulta esencial disponer de un seguro que pueda cubrir estos accidentes. Los deportistas federados tienen un seguro propio al que habría que recurrir si ocurriera el suceso.

Conviene recordar que las pólizas de seguros también establecen la exclusión de cobertura de los gastos de traslado o evacuación desde el lugar del accidente al centro hospitalario cuando el salvamento haya tenido lugar como consecuencia de imprudencia temeraria del asegurado.




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