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La condena a la Sanidad valenciana para que indemnice a más de un centenar de médicos por falta de protección contra el coronavirus abre la puerta a muchas más demandas, tanto de otros colectivos que se vieron expuestos al virus en el desempeño de su trabajo como por responsabilidad patrimonial de la Administración, según expertos en Derecho Administrativo

El Juzgado de lo Social nº 5 de Alicante condenó a la Conselleria de Sanidad de la Generalitat Valenciana a indemnizar a 154 médicos con importes que oscilan entre los 5.000 y los 49.000 euros por no proveerles de suficientes equipos de protección individual durante la primera ola de la pandemia. La Generalitat ha anunciado ya que recurrirá esta resolución, que tuvo su origen en una demanda presentada por el Sindicato Médico de la Comunidad Valenciana CESM-CV.

“Esta sentencia sienta un precedente a tener muy en cuenta en casos similares. En primer lugar, la condena es a una consejería autonómica, por lo que vendrán muchas más como ésta”, explica Antonio Benítez Ostos, socio director de Administrativando Abogados .

“En segundo lugar, los sanitarios no han sido los únicos que han estado ‘en primera línea de combate’, también aquellos que forman parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, que se vieron expuestos al virus en el desempeño de su trabajo; o el personal de las residencias de ancianos de ámbito público… ”, añade Benítez, que señala que cualquier Administración Pública está obligada a cumplir la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

Guillermo Llago Navarro, el abogado de CESM-CV que presentó la demanda, destaca que esta sentencia es la primera que establece cuantías económicas concretas y adelanta que van “a presentar muchas demandas más”. Eso sí, concreta que han de ser “individualizadas”, no colectivas,  y acreditar  “la ausencia de material sanitario en cualquier ola de la pandemia”.

Antonio Benítez augura “una avalancha de reclamaciones judiciales en defensa de la salud y seguridad de los trabajadores al servicio de la Administración Pública que han estado expuestos y sin medios, ante la mayor pandemia vivida hasta el momento”. Pero la avalancha no se producirá solo en ese ámbito: “esta sentencia puede tener también un impacto importante en la infinidad de reclamaciones patrimoniales en curso”.

“Pese a que la Covid sea un supuesto de fuerza mayor, circunstancia que de por sí no genera indemnización alguna, sí que da lugar a responsabilidad el modo en que nuestras autoridades y la Administración haya gestionado la misma. Esta circunstancia, es perfectamente extrapolable a infinidad de supuestos que pueden quedar perfectamente encuadrados en una incorrecta gestión de las situaciones que estamos viviendo. Y por tanto, generadoras de responsabilidad patrimonial”, asegura Benítez.

En diciembre el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria cuestionó las limitaciones impuestas por las autonomías a la hostelería y al ocio nocturno en agosto de 2020, estimando los recursos interpuestos por dos asociaciones y abriendo así la puerta a posibles reclamaciones patrimoniales.

De forma paralela a los recursos contenciosos, varios despachos de abogados interpusieron reclamaciones de responsabilidad patrimonial frente al Estado en búsqueda de indemnizaciones por los daños y perjuicios ocasionados por las dos declaraciones del estado de alarma. La mayoría aún están pendientes de resolución.

El Tribunal Supremo ha admitido a trámite reclamaciones al Gobierno por valor de 300 millones a causa de los cierres de empresas decretados durante la pandemia, según informó el mes pasado la Plataforma de Empresarios Afectados por el cierre de negocios durante la pandemia (PEACovid-19), que engloba todo tipo de negocios, desde hoteles a peluquerías.




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