Cuenca, 31 oct (EFE).- El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial de Cuenca que obliga a los dos administradores concursales de la cárnica Luis Loriente, de Tarancón, a indemnizar con 292.000 euros más intereses a 23 de los trabajadores de la empresa a los que no pagaron en el concurso de acreedores.
El sindicato Comisiones Obreras ha hecho pública este martes la sentencia, que ya es firme, y ha destacado que es la primera vez que un auto obliga a los administradores concursales a responder con su propio patrimonio tras una mala aplicación de la Ley Concursal.
En el auto se refleja que los administradores concursales desatendieron los requerimientos judiciales y atendieron los créditos en orden distinto al establecido en la ley.
En una rueda de prensa, el abogado de CCOO Javier Cabero ha explicado que otros trabajadores de la empresa sí que cobraron de la administración concursal, e incluso se atendieron pagos a otras empresas acreedoras, mientras los 23 trabajadores demandantes no vieron satisfecha su deuda.
Cabero ha mantenido también que existía una “causalidad”, ya que los 23 trabajadores afectados eran precisamente los afiliados que tenía el sindicato en la empresa cárnica.
Asimismo, ha advertido de que, aunque cada circunstancia en Derecho Mercantil tiene que ser estudiada de forma separada, esta sentencia es "un aviso a navegantes" sobre la responsabilidad de las personas que administran los procedimientos concursales.
Una vez que el Supremo ha ratificado la sentencia de la Audiencia de Cuenca, dos de los tres administradores concursales que fueron nombrados en su momento, ya que el tercero ha fallecido, tendrán que responder solidariamente por la deuda que no satisficieron a los trabajadores, correspondiente a los salarios de cuatro años, y que junto con los intereses podría alcanzar los 350.000 euros.
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