Murcia, 11 ago (EFE).- La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) ha desestimado el recurso presentado por un hombre contra la sentencia de la Audiencia Provincial que lo condenó a cinco años y medio de cárcel, y ocho de libertad vigilada, por abusar de forma reiterada de la hija de su entonces pareja durante las visitas que hacía a su domicilio.
La sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, declara que la Audiencia declaró probado que los hechos se produjeron en fechas que no han podido ser determinadas, pero comprendidas en la primera mitad de 2020, cuando de forma continuada sometió a la menor, que tenía diez años, a diversos tocamientos.
El relato de hechos probados señalaba que en octubre de aquel mismo año la menor reveló a su madre lo que ocurría, procediendo entonces ésta a presentar la oportuna denuncia.
La sentencia, que ahora se ve ratificada por el TSJRM, recogió igualmente que como consecuencia de los abusos sufridos la niña padece estrés traumático y sensación de peligro.
La condena añadió a las penas de prisión y libertad vigilada una orden de alejamiento de 500 metros por tiempo de diez años y la obligación de indemnizar a la víctima con 8.000 euros por daños morales.
En su recurso, que no ha prosperado, el acusado defendió su derecho a la presunción de inocencia, además de alegar que la Audiencia había incurrido en error a la hora de valorar las pruebas aportadas a juicio, y que las penas impuestas eran desproporcionadas.
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