El proyecto de ley, que ha sido remitido al Congreso tras su aprobación por el Gobierno, recoge ya las principales reivindicaciones de la Abogacía en materia de conciliación, como la suspensión de procedimientos por maternidad o paternidad, o por enfermedad de familiares. También estipula que todo el periodo navideño, del 24 de diciembre al 6 de enero, sea inhábil judicialmente.
En la enmienda introducida a instancias del Consejo General de la Abogacía se pide que se suspenda el curso del procedimiento cuando “el profesional, por enfermedad o accidente requiera hospitalización y, mientras dure esa situación y, en caso de baja médica sin hospitalización, hasta que reciba el alta, o por razones de salud pública mientras dure la situación”.
El Consejo General ya se ha puesto en contacto con los diferentes partidos políticos para que apoyen esta modificación en el Congreso y Senado.
“La aprobación de esta Ley supondrá un gran paso hacia la conciliación. Además, equilibra muy bien el derecho a la tutela judicial efectiva y el acceso a la justicia de la ciudadanía con nuestro derecho a conciliar, que no confrontan y que ambos están salvaguardados”, asegura Marga Cerro, presidenta de la Comisión de Igualdad de la Abogacía, tras expresar su satisfacción por lo conseguido en las negociaciones con el Ministerio.
Cerro confía que la norma se apruebe “con margen suficiente para que en la Navidad de este año podamos disfrutar de todas las vacaciones judiciales”.
La Ley de Eficiencia Procesal será uno de los principales temas que se abordarán la próxima semana, el 12 y 13 de mayo, en las XIV Jornadas de Comisiones de Relaciones con la Administración de Justicia (CRAJ), que tendrán lugar en Santander.
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