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Era el día de los enamorados, pero la demanda que había presentado el contrario no desprendía precisamente amor. En mi modesta opinión, era la antítesis de lo que debería ser una demanda sobre la materia. Treinta y cuatro páginas en total de las que a duras penas seis eran el cuerpo de la demanda. El resto, un montón de documentos innecesariamente adjuntados y que por otra parte facilitaban a los contrarios bastante información que además resultaba contraproducente para la propia parte actora. Es lo que tiene cuando profesionales no expertos en procedimiento laboral, se lanzan a poner demandas en una jurisdicción que en el caso concreto no exige más aportación documental junto a la demanda que la justificación de haber presentado la reclamación previa. Se trataba, como habréis podido intuir, de un procedimiento de Seguridad Social, corriente y moliente: el clásico pleito en el que se reclama una Incapacidad Permanente, cuando en vía administrativa sólo se han reconocido lesiones permanentes no invalidantes.

Yo iba de auténtico convidado de piedra, puesto que me tocaba defender a una Mutua que nunca había tenido la cobertura del riesgo por el que se reclamaba. Así que entré en Sala a hacer más de espectador que otra cosa. Y la parte actora no defraudó: Nos tuvo más de una hora en sala intentando convencernos de que el actor no podía hacer no sé cuantas cosas. A todo eso, la empresa aportó prueba testifical y videográfica a cargo de detectives que presentaron unas imágenes del demandante deambulando más ligero que una gacela y casi tan veloz como el viento. Y ojo que la prueba videográfica, en la forma que se había practicado, también podría haber sido invalidada por violación de algún que otro derecho fundamental. Pero no, la demandante, tan obsesionada como estaba en demostrar lo indemostrable, que no realizó ni una sola objeción. Nuevo error a añadir a los ya cometidos al presentar la demanda.

Al llegar las conclusiones, bastó a los demandados invocar la propia prueba pericial aportada por la parte actora, para desmontar y con holgura además, el planteamiento del demandante.

No se si decir aquello de zapatero a tus zapatos o lo de que el amor no siempre lo puede todo, porque en este caso, por lo menos, los zapatos venían cambiados de pie y San Valentín tampoco podía hacer un milagro de esta envergadura.

Por cierto, aún no he sido capaz de saber porqué diablos demandaron a mi cliente.




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