Carpeta de justicia

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Con la popularización en el uso de las redes sociales se ha puesto de moda la conducta conocida como"Sharenting", es decir, compartir online la vida de los hijos. Desde antes incluso del nacimiento, madres y padres publican en sus redes sociales fotografías de sus niños menores de edad, compartiendo con sus familiares, conocidos e incluso extraños los momentos más entrañables del crecimiento de los pequeños: la primera ecografía, el bebé recién nacido, su primer diente, sus primeras vacaciones en la playa...

Sin embargo, el sharenting, esta conducta aparentemente inofensiva no está exenta de ciertos riesgos.

A partir de los 14 años puede ser el propio niño, con el consentimiento o bajo el control de sus padres, quien decida qué fotografías se publican en Internet, pues la legislación española reconoce esta edad como límite para prestar el consentimiento en materia de protección de datos. Para menores de 14, el consentimiento corresponde a los padres o tutores, dentro de las facultades que les confiere la patria potestad (art. 156 del Código Civil). Cuando los padres estuviesen separados, si no existe acuerdo respecto a la publicación de la fotografía y existiese oposición por parte de alguno de ellos, sería necesario acudir al juez, para que sea éste quien dictamine sobre si procede la publicación.

En todo caso, es importante destacar que, si la fotografía pudiese perjudicar los intereses del menor, ni siquiera el consentimiento de los progenitores legitimaría la publicación de la misma, puesto que ha de primar el derecho de los menores al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen según lo dispuesto en el art. 4 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor.

A la hora de publicar fotografías de nuestros hijos en Internet hemos de tener en cuenta una serie de recomendaciones prácticas:

  • Es importante conocer la política de privacidad de la red social en la que realicemos la publicación, para poder controlar, en la medida de lo posible, el público objetivo de la fotografía.
  • Jamás debemos publicar en Internet los hábitos del menor, tales como colegio al que asiste, actividades extraescolares o si va a quedarse solo en casa.
  • Por supuesto, no debemos publicar fotos desnudos, ni siquiera en el baño o la playa.
  • Y, por último, es fundamental pensar dos veces antes de publicar. Ese niño algún día será un adulto y es probable que termine por avergonzarse de esas publicaciones que ahora nos parecen tan graciosas. 



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