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  • El Consejo de la Unión Europea dio su aprobación final el 13 de octubre de 2016 a la Directiva relativa al derecho a la asistencia jurídica gratuita de los ciudadanos sospechosos o acusados de un delito y de aquellos que sean objeto de una orden europea de detención.

La Directiva propuesta establece normas mínimas relativas al derecho a la asistencia jurídica gratuita de los sospechosos o acusados en procesos penales que estén privados de libertad, así como en algunas otras situaciones. También garantiza que se preste asistencia jurídica gratuita en el procedimiento de la orden europea de detención, en determinadas condiciones, tanto en el Estado miembro de ejecución como en el de emisión.

Lucia Žitňanská, ministra de la Presidencia eslovaca, ha asegurado que «para que un juicio sea justo, el acceso a un letrado es fundamental. Al definir los requisitos mínimos para la prestación de asistencia jurídica gratuita, esta directiva contribuirá a lograr dicho objetivo, de forma que la justicia sea accesible para todos, con independencia del nivel de ingresos. También creo firmemente que ello facilitará la confianza mutua entre los países europeos y, por consiguiente, mejorará la cooperación en los casos penales».

AMPLIAR EL AMBITO DE APLICACIÓN

En comparación con la propuesta de la Comisión, el ámbito de aplicación de la Directiva se ha ampliado e incluye el derecha la asistencia jurídica gratuita en todas las fases del procespenal en determinadas condiciones. La propuesta inicial contemplaba únicamente el derecho a la asistencia jurídica provisional gratuita destinada a cubrir únicamente la fase inicial de los procesos penales antes de que se adoptara una decisión firme sobre la asistencia jurídica gratuita.

Para determinar si una persona tiene derecho o no a la asistencia jurídica gratuita, los países de la UE podrán utilizar una evaluacióde los recursos y del fundamento. La «evaluación de los recursos» tiene por objeto evaluar si la persona efectivamente carece de recursos suficientes para pagar la asistencia jurídica, mientras que la «evaluación del fundamento» permite valorar si la prestación de asistencia jurídica gratuita responde al interés de la justicia a la luz de las circunstancias del asunto.

El texto fue acordado por el Parlamento Europeo el 4 de octubre. La adopción definitiva por el Consejo el 13 de octubre pone fin al procedimiento legislativo. Una vez que se publique en el Diario Oficial, los Estados miembros dispondrán de treinta meses para incorporar la Directiva a su legislación nacional.

El Reino Unido e Irlanda decidieron no participar, mientras que Dinamarca está excluida por defecto de la legislación en materia de Justicia y Asuntos de Interior.

PLADE TRABAJSOBRE DERECHOPROCESALES

Esta directiva es el último texto jurídico previsto como parte del plan de trabajo para reforzar los derechos procesales de sospechosos o acusados en los procesos penales adoptado por el Consejo en noviembre de 2009.

El objetivo del plan de trabajo era garantizar que cualquier ciudadano implicado en un proceso penal en un Estado miembro disfrutase de determinados derechos procesales mínimos en toda la Unión Europea. Esto también debería reforzar la confianza mutua entre las autoridades judiciales de la UE, fomentando así la aplicación de instrumentos como la orden europea de detención.

Ya se han adoptado otras cinco medidas con arreglo al plan de trabajo:

  • Derecho a interpretación y a traducción (Directiva 2010/64), Derecho a la información (Directiva 2012/13),
  • Derecho a la asistencia de letrado (Directiva 2013/48), Presunción de inocencia (Directiva 2016/343) y
  • Garantías especiales de los menores (Directiva 2016/800)
  • Presunción de inocencia (Directiva 2016/343)
  • Garantías especiales de los menores (Directiva 2016/800).

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