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  • También deberá indemnizar con 567.000 euros al Banco Santander y con casi 200.000 euros a varios clientes del acusado

La Sala II del Tribunal Supremo ha confirmado la condena de 3 años y 9 meses de prisión impuesta por la Audiencia Provincial de Zaragoza a José Miguel F.F., exdirector de la sucursal de Banesto en Mequinenza (Zaragoza), por delitos continuados de apropiación indebida y falsedad en documento mercantil. Como responsabilidad civil, tendrá que indemnizar con 567.000 euros al Banco Santander y con casi 200.000 euros a varios clientes del acusado. El Supremo ha rechazado el recurso del condenado y también el planteado por seis de los clientes.

Según los hechos probados de la sentencia, “entre los años 1995 a 2005 el acusado realizó una pluralidad de operaciones irregulares, que no estaban autorizadas por la entidad ni por los clientes afectados. Así, dispuso de fondos de clientes, sin su consentimiento ni conocimiento, para invertirlos en fondos de inversión en lugar de en los plazos fijos convenidos o disponía del dinero de determinados clientes para abonar intereses a otros clientes o, para pagarles intereses ficticios de los inexistentes plazos fijos, vendía sin autorización fondos realmente contratados y en ocasiones disponía de fondos sin su autorización para fines no acreditados”.

“También ofrecía a clientes productos no homologados por el banco con capital garantizado al 100% e intereses extratipados, cuando lo que contrataba en realidad eran otros productos que si estaban homologados, como fondos de inversión o depósitos que no garantizaban el capital al 100%. El acusado para dar apariencia de realidad a su actuación en algunos casos les entregaba a los clientes libretas de ahorro donde iba apuntando con máquina de escribir los intereses que esos supuestos plazos fijos contratados generaban y que no se correspondían con la realidad, pues no estaban reflejados contablemente en el banco, ni respondían a los productos verdaderamente contratados”, añade el relato de hechos.

Tales intereses ficticios eran a veces resultado de ventas del propio fondo de inversión o procedían de lo que el acusado distraía dé las cuentas de otros clientes o de préstamos no autorizados que concertaba. También entregaba a los clientes contratos bancarios, en realidad inexistentes, sin firma del interventor, donde con una máquina de escribir ponía que el capital estaba garantizado al 100%




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