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El 14 de diciembre publicó el Boletín Oficial del Estado la reforma de la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado de 1995, que acaba con la exclusión de las personas con discapacidad, que hasta ahora no podían acceder al desempeño de la función de jurado.

La reforma legal, que entrará en vigor efectivamente en el plazo de dos meses desde la fecha de publicación, partió de una propuesta articulada que el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) presentó a los Grupos Parlamentarios, que estos asumieron y que se ha aprobado con la unanimidad de todo el arco político, tanto en el Congreso como en el Senado.

Con esta modificación normativa se destierra del ordenamiento jurídico una discriminación contra el acceso de las personas con discapacidad a la Justicia, que contravenía gravemente los mandatos de la Convención Internacional sobre los derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas, suscrita y ratificada por España y plenamente aplicable en nuestro país.

Este avance en los derechos de las personas con discapacidad se convierte en un precedente valioso de las reformas pendientes en materia de su acceso a la Justicia, como la modificación del Código Civil para establecer un sistema de apoyos a la toma de decisiones o para la eliminación del internamiento involuntario por razón discapacidad psicosocial.

Nuevo texto de la Ley del Jurado.

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