Carpeta de justicia

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Para quienes gustan y practican el Derecho en acción, particularmente en el ámbito del Derecho privado, como es mi caso, la lectura de las sentencias de nuestro Tribunal Supremo resulta indispensable. Pero no deja de ser, a su vez, en bastantes ocasiones, un ejercicio de fina tortura intelectual.

Al comienzo de mi carrera pensé que éste no era sino uno de los peajes que debían pagarse para acceder al pedestal más alto de la experiencia jurídica, pero, afortunadamente, mi afición por la comparación jurídica pronto me puso sobre aviso. Y le agradezco muy particularmente al Tribunal Supremo de los Estados Unidos que me haya permitido comprobar que cualquier sentencia, con independencia de la dificultad de la materia que aborde, puede escribirse de una forma lógica, estructurada, clara e inteligible. E incluso, hasta con unas ciertas pretensiones de calidad literaria.

Podrá argüirse, con algo de razón, que nuestro Alto Tribunal está sometido a los indescifrables arcanos, propios para iniciados, de la casación (que, por cierto, no forman parte de ninguna ley inmutable o natural). O que los tribunales del "common law" deben cuidar particularmente el contenido de sus sentencias por exigencias de la doctrina del "stare decisis" y del carácter de autoridad (vinculante o persuasiva) de sus decisiones.

Pero nada de esto justifica que, por ejemplo, en sus sentencias nuestro TS denomine como antecedentes de hecho a datos que nada tienen que ver con los hechos que derivaron en el pleito, que en los fundamentos de Derecho, por el contrario, se recojan entre otras cosas, si se recogen, aquellos hechos, que se repita una y otra vez lo que las partes pidieron, y los tribunales precedentes concedieron, a lo largo del itinerario procesal del pleito (bastaría con decirlo una vez), que se escriba a veces con desgana y de forma oscura, etc., etc.

No piensen que soy un maniático. La confirmación de que estoy bien orientado es que mis alumnos, y llevo 25 años enseñando Derecho, me confiesan regularmente lo ingrato y difícil que les resulta leer y entender al TS. Por este motivo, y que se me perdone la infidelidad, cuando les pido a mis alumnos que trabajen con sentencias del TS les recomiendo que sigan un método que aprendí en las aulas norteamericanas y que, de igual modo, puede servir como método de redacción de las sentencias de nuestro Alto Tribunal.

Así, lo primero que habría que identificar en una sentencia es la historia pre-procesal probada del pleito, es decir, lo que sucedió antes de que las partes decidiesen acudir a los tribunales y que es, por otro lado, y precisamente, lo que explica qué las llevó a litigar. En segundo lugar, deberían recogerse las distintas etapas de la historia procesal del caso, poniendo de manifiesto lo que las partes pidieron a cada uno de los tribunales inferiores y lo que éstos decidieron y por qué. En tercer lugar, habría que delimitar la cuestión o cuestiones jurídicas (principales o accesorias) que se debaten en el caso y, a continuación, en cuarto lugar, indicar la respuesta dada a dicha cuestión o cuestiones por el TS. Y finalmente, deberían explicarse con detalle las razones que justifican jurídicamente la respuesta dada por el tribunal a cada una de las cuestiones planteadas. Es un método sencillo y efectivo. Nos haría la vida más fácil a todos los lectores (forzosos o no) de jurisprudencia y, además, nos proporcionaría un placer intelectual que ahora es difícil de alcanzar en muchos casos.

Si no me creen, lean la Sentencia del Tribunal Supremo de los Estados Unidos dictada el 25 de junio de 2008, en el caso Exxon Shipping Co. et al. v. Baker et al., sobre el fatídico hundimiento del buque Exxon Valdez. Tiene más de 60 páginas, y se trata de un caso complejo, pero les aseguro que entenderán perfectamente lo que sucedió desde los puntos de vista fáctico y procesal, que identificarán con claridad el debate jurídico suscitado y que seguirán con facilidad el razonamiento del Tribunal (se esté de acuerdo o no con él). De paso, aprenderán de la mano de geniales jurisconsultos qué son los daños punitivos y hasta podrán novelar en su imaginación la desdichada historia del Capitán Joseph Hazelwood en su fatídico destino en las costas de Alaska.




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