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IMAGEN DEL VIDEO ¡QUÉ ES EL DERECHO COLABORATIVO?

“Honoring the Past and Celebrating the Future (25 years of Collaborative Practice)” es el emblema del decimosexto forum anual de la International Academy of Collaborative Professionals (IACP) que se celebra en Washington, DC, los próximos días 15 al 18 de octubre de 2015.

Este “16th IACP Forum” es especial por varios motivos. El primero y sustancial, general, es la conmemoración de los 25 años del nacimiento del “Derecho Colaborativo” (“Collaborative Law” primero o “Collaborative Practice” ahora). El segundo, más local y personal, es la primera ocasión en que una delegación española tendrá la oportunidad de impartir un taller, compartiendo nuestras experiencias en el impulso del Derecho Colaborativo Empresarial aquí.

 

Fue hace un cuarto de siglo cuando las frustraciones de Stu Webb con el sistema legal, a menudo infraequipado para servir a la gente, y su visión y coraje para buscar un camino mejor, culminaron con una carta al Juez Sandy Keith. ¡Con esa carta se produjo el nacimiento del “proceso colaborativo”! ¡Hemos llegado muy lejos desde entonces!” Estas son las palabras de Linda K. Wray, actual Presidenta de la IACP, invitando a toda la comunidad a participar en este IACP Forum, al tiempo de aprendizaje y de networking.

Stuart Webb era un abogado matrimonialista “quemado” tras 17 años de ejercicio profesional “adversarial”, tradicional, en la Minnesota de los últimos ochenta. Imposible de sintetizar en una frase o un lema, establezcamos que lo “ancilar y esencial” del proceso que diseño “Webb” es la “cláusula de representación limitada”.

¿Qué es esto, qué significa? ¿Cuál es la esencia, lo diferencial, del proceso colaborativo? En el “proceso colaborativo”  los letrados llevan al extremo su compromiso con la consecución de un acuerdo dialogado, razonable, plenamente asumible por ambas partes, y eficaz y sostenible en el tiempo..., y lo llevan al extremo renunciando expresa y explícitamente a intervenir en el caso fuera de ese contexto, renunciando expresa y explícitamente a representar a su cliente ante los tribunales para el caso, hipotético, de que el proceso no llegue a buen fin, no se consiga ese acuerdo.

Ese detalle “extremo” generó un cambio radical en el modo de ejercicio de la abogacía en este ámbito del “proceso colaborativo”, y la preparación técnico-jurídica se convirtió en “necesaria pero no suficiente”.

El abogado necesita ahora otra “set de herramientas”, sobre negociación, escucha activa, diálogo, asertividad y empatía... Todo se transforma en el “proceso colaborativo”, al punto que la expresión “paradigm shift”, el “cambio de paradigma”, es la consigna más repetida en los diversos seminarios y formaciones en que he participado.

El éxito del “Derecho Colaborativo” y su potencial transformador están hoy fuera de toda duda, en USA y Canadá, principalmente, y en otras muchas comunidades anglosajonas y europeas.

En las comunidades hispanas, y en España en particular, la cuestión va mucho más despacio. Este 16th IACP Forum tiene de especial, como avanzávamos, la participación de una delegación española.

En la tarde del sábado 17 de octubre está programado un taller con el título “Business and CP: Prevent/Resolve Disputes (ADCE Experience)”, encomendado a Ana Armesto, JD; Carmen Aja, JD and Amancio Plaza, JD, PhD (ADCE, es la Asociación de Derecho Colaborativo de Euskadi).

En el descriptor de nuestro “Workshop” se puede leer que “El Derecho Colaborativo de los Negocios debería también focalizarse en la prevención de conflictos. En las etapas iniciales de las relaciones comerciales, los abogados colaborativos pueden ayudar a sus clientes a definir los contratos de forma colaborativa y sostenible. Este taller abordará la consideración del Derecho Colaborativo como una parte de las políticas de gobierno corporativo en las empresas, así como la implementación de protocolos específicos para los conflictos empresariales”.

Es un gran paso para la consolidación del “Derecho Colaborativo” en las comunidades de habla hispana (en Latinoamérica sólo en Brasil existe una comunidad amplia de profesionales del “Derecho Colaborativo”); y es una gran responsabilidad. Pero al mismo tiempo, es un símbolo de como es posible que, aun habiendo llegado los últimos, o precisamente por haber llegado los últimos, desde aquí se puedan promover enfoques novedosos, iniciativas avanzadas que pongan un grano de area en el desarrollo del “Derecho Colaborativo”.

Porque el “Derecho Colaborativo” en España está todavía en su más tierna infancia. Poco más de dos años desde los primeros pasos de la Asociación de Derecho Colaborativo de Euskadi, pionera y “tractora” del “Movimiento del Derecho Colaborativo” en España. Pero la intensa implicación de nuestros “pioneros”, con el liderazgo de María José de Anitua desde ADCE, y las de los compañeros de las hermanas Asociaciones de Derecho Colaborativo de Madrid, o Asturias, Navarra, Galicia o La Rioja, y en crecimiento..., van dando sus frutos.

Juventud y frescura, pero compromiso y alta preparación, nos permiten aprender y compartir experiencias de forma simultánea.

Nos vamos a Washington, DC con orgullo y responsabilidad. Vamos a participar en un evento que es especial para toda la comunidad del “Derecho Colaborativo”, por la celebración de estas “bodas de plata”; y que es especial para la comunidad hispana del “Derecho Colaborativo”, porque nuestra voz estará presente allí para mostrar nuestro propio camino hacia un nuevo paradigma de gestión y resolución de conflictos en el ámbito empresarial con base en el “Derecho Colaborativo”.




Comentarios

  1. MARLENE HIDALGO

    Como puedo saber el contenido de la carta dirigida al Juez Sandy Keith?

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