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  • El auto sienta un precedente respecto a las costas compartidas habituales en estos casos

En una reciente resolución judicial de fecha 13 de marzo, una jueza de Barcelona ha condenado a Bankia a abonar las costas de un proceso judicial hipotecario que ha perdido. La entidad bancaria había incluido cláusulas abusivas en una hipoteca que, por falta de pago de los propietarios, quería ahora ejecutar. La parte hipotecada se opuso y, además de conseguir frenar la ejecución, ha logrado que las costas del juicio las pague íntegramente el banco.

Según el abogado de la familia, Ferran Teva Mont, “lo habitual es que las costas sean compartidas cuando pierde la entidad bancaria. Por eso nos ha sorprendido positivamente la decisión de esta magistrada. No obstante, creemos que es muy justo para sentar precedentes respecto a la dinámica actual ya que, si los que pierden son los propietarios, son ellos los que normalmente abonan las costas”. Este paso adelante frente a la desigualdad de la que se hace eco este abogado de Sabadell (Barcelona), ha tenido lugar en el Juzgado de Primera Instancia nº 08 de la Ciudad Condal. Los propietarios, un matrimonio ahora separado, compraron la vivienda en 2006 por 140.000 €, subrogándose en una hipoteca de 104.000 € y haciendo una ampliación el mismo día de 46.000 € más. Pero en 2014 se ven obligados, por su situación financiera, a hacer una segunda ampliación. La casa está situada en el distrito de Horta-Guinardó, en Barcelona.

La mujer es la que reside ahora, junto con su hijo, en la vivienda que, debido a no cumplir con todos los compromisos de pago, ha sido objeto de demanda de ejecución hipotecaria. Bankia le pedía a día de hoy la propietaria la cantidad total de 177.825,64 € por ejecución. Sin embargo, el despacho que la ha defendido ha alegado la existencia de cláusulas abusivas en el título de la hipoteca, concretamente, las relativas al vencimiento anticipado, los intereses moratorios y al tipo de referencia (interés) inicialmente pactado. En cuanto a este último punto, el auto judicial estima que si el banco le hubiera aplicado desde el principio el tipo de interés Euribor -en lugar del IRPH Cajas que tenía estipulado-, su cliente habría podido seguir haciéndose cargo de los pagos mensuales. “El IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios) puede llegar a representar un interés de hasta 13 veces más elevado que el Euribor. Bajo esta ‘trampa’, los bancos lo aplican muchas veces en los créditos hipotecarios sin consultar a la parte interesada. Y ante dicha práctica abusiva, se debe reclamar”, aconseja el titular de Teva Mont Advocats de Sabadell.

El texto legal continúa hablando de los intereses de demora, declarando abusivos los que se pactaron en una segunda escritura de ampliación de hipoteca. En este sentido, la jueza condena a Bankia a que vuelva a aplicar en el acuerdo los intereses moratorios de la primera firma. Asimismo, la magistrada considera igualmente abusiva la cláusula de vencimiento anticipado, tercera razón por la que se anula y archiva la petición del banco de ejecutar la hipoteca. Además, cabe destacar en el resultado de este proceso que se haya condenado a la antigua Caja Madrid a abonar las costas judiciales, hecho pionero en esta clase de autos relacionados con la compra de viviendas mediante créditos hipotecarios.




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