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  • Se declara la firmeza de la sentencia del Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de Vic (Barcelona) condena en sentencia a Banco Popular a la nulidad de Cláusula Multidivisa y al recálculo de su deuda a euros y costas del proceso judicial
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Según la resolución judicial, los demandantes firmaron una hipoteca multidivisa con Banco Popular Español S.A., para la compra de una Vivienda en Tona (Barcelona), en fecha 23 de julio de 2007, por un importe principal de 246.000,00 euros (por su contravalor en yenes).

La Sentencia dice la entidad bancaria tan sólo expuso a los consumidores las ventajas del producto y las diferencias del tipo de interés aplicable respecto del que la demandante abonaba en la Caixa donde tenia suscrita la hipoteca anterior; la demandante sabía que eran yenes lo que contrataba, si bien no alcanzaba a comprender la trascendencia económica, ni el riesgo que dicha circunstancia.

Dice el Juez que no consta de forma comprensible que el capital prestado siempre será objeto de determinación mediante la aplicación del tipo de cambio de la divisa elegida. Es decir, no se advierte de forma clara y comprensible de la posibilidad de que, además de aumentar la cuota mensual del préstamo, se pueda deber en euros más capital del que fue objeto del préstamo, que es lo que ha sucedido en el presente caso.

El capital debido al momento de poner la demanda era de 291.301,63 euros, casi 50.000 euros superior al capital inicialmente contratado, después de abonar las cuotas mensuales religiosamente durante 10 años.

Para la letrada Magdalena Rico Palao de la plataforma www.eliminarhipotecamultidivisa.es., "se han desmontado todas las argumentaciones del banco, concluyendo que faltó transparencia y diligencia en la información. El consumidor no contaba con formación financiera ni experiencia en este tipo de productos complejos y de alto riesgo, oyó la simulación de ahorro del 30% de su cuota, pero en ningún momento se le advirtió de los riesgos. Unos riesgos que comenzaron a ser visibles a los pocos meses de la firma."

El fallo es favorable al consumidor, concluyendo que faltó transparencia y diligencia en la información.

“No se valoraron los nulos conocimientos del mundo financiero de los perjudicados. No hubo información sobre la naturaleza y riesgos del producto contrato”, señala la letrada Rico Palao.

En este asunto, los clientes bancarios eran totalmente inconscientes de los riesgos de la multidivisa y de los efectos que una depreciación de la moneda podía tener en el capital debido. “Después de estar más de diez años pagando las cuotas, el capital debido era superior al contratado en inicio”, mantiene la letrada Rico Palao, de la plataforma www.eliminarhipotecamultidivisa.es, defensora de los hipotecados en este asunto.




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