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  • Los profesionales deberán abonar solidariamente más de 150.000 euros a la empresa que explota las instalaciones deportivas

La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha inadmitido los recursos de casación interpuestos por los arquitectos que construyeron las pistas de pádel de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC) en el campus de Tafira contra la sentencia de la Audiencia Provincial que en noviembre de 2014 les condenó a abonar más de 150.000 euros a la empresa que les encomendó el proyecto, Padel Explotaciones Deportivas S.L.

Entre otros conceptos, el fallo ahora ratificado por el Alto Tribunal condenó a ambos profesionales a compensar a la citada empresa con 67.167,82 euros más intereses por los daños derivados de la “necesaria demolición y reconstrucción del complejo deportivo” que explota en el campus de la ULPGC.

La sentencia del Supremo agota la vía jurisdiccional y es, por lo tanto, firme. Su ejecución es ahora competencia del órgano que vio el pleito original, el Juzgado de Primera Instancia número 7 de Las Palmas de Gran Canaria.




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