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Es admitido de forma unánime que la creatividad se da en el arte culinario. Diferentes grados de creatividad: transformación de una creación culinaria ya existente, por debajo de este, la mera reproducción de una creación culinaria existente, siguiendo paso a paso la receta.

La idea a proteger acontece al fruto de muchos factores, entre ellos, el saber-hacer (how know), del oficio y  de los conocimientos que se tienen del arte culinario. Porque una idea culinaria puede relacionarse con fuentes diversas, como el arte, música, naturaleza, vivencias e historia,  y por ejemplo, en el caso de una nueva receta de chocolate: por la identidad del nuevo chocolate creado, se distinguirá un chocolate que puede incluso llegar a representar la tradición de una culturaciudad y sociedad, todo ello representado en la creación de un nuevo sabor, color, presentación, etc.

La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) ha precisado que la referencia a lo literario y artístico, se trata de «una expresión general que, a los efectos de la protección del derecho de autor, ha de entenderse que comprende toda obra original de un autor, cualquiera que sea su valor literario o artístico y aun a pesar de que no se trate de una obra de carácter estrictamente artístico o literario, como por ejemplo las obras de índole científica, técnica o práctica».

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha determinado que la mención de las obras literarias o artísticas en el Convenio de Berna presupone que constituyan una «creación intelectual». Según el Tribunal, la propiedad intelectual únicamente puede recaer sobre una «creación intelectual propia de su autor», sin que pueda aplicarse «ningún otro criterio para determinar su derecho a la protección». Aplicable por ello, a las obras de ingenio.

Proteger una Receta de cocina con el Derecho de Autor:

 

En la mayoría de los países, y conforme a lo que se dispone en el Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas, de 1886la protección del derecho de autor se obtiene automáticamente sin necesidad de efectuar ningún registro ni otros trámites.

No obstante, en la mayoría de los países existe un sistema de registro y depósito facultativo de obras; estos sistemas facilitan, por ejemplo, las aclaraciones de las controversias relacionadas con la titularidad o la creación, las transacciones financieras, las ventas, las cesiones y transferencias de derechos.

La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) no cuenta con un sistema de registro del derecho de autor ni con una base de datos de derecho de autor que permita realizar búsquedas.

Las razones de ello residen en que, por norma general, la protección del derecho de autor es automática y no depende de registro alguno. Sin embargo, en algunos países existe un registro o depositario voluntario del derecho de autor y es aconsejable registrar allí su obra pues ello le puede ser de gran ayuda, por ejemplo, en caso de litigio acerca de la paternidad de la obra.

Aunque no repercuta en la protección por derecho de autor, hay países que exigen el depósito de muestras del material impreso publicado en los países en cuestión.

En su caso, hay países que sí han habilitado registros en materia gastronómica, a modo de ejemplo los siguientes:

En Francia la Académie Nationale de Cuisine creó el Conservatoire National de Cuidine, un registro oficial de invenciones y obras culinarias, que posibilita a todo autor el depósito de sus creaciones e innovaciones, ya sea en forma de recetas culinarias, fotografías o libros.

En Brasil existe el Registro de Receitas, Productos e Servicos de área de Gastronomia. En España, inminente creación de la denominada Bullipedia, procurando toda la información existente sobre las creaciones e innovaciones gastronómicas, dejando constancia a su vez de la fecha de creación y del autor de aquellas.

Paradójicamente, cada vez hay más Códigos deontológicos de relevantes asociaciones profesionales de chefs, que podrían ser informativos a modo de complementar la base jurídica de la protección de la receta.

La posibilidad de registrar una Receta de cocina como Patente en algunos países:

 

De forma inusual, se pueden dar casos en los que se han registrado recetas, más o menos conocidas, que lejos de dar mayor protección de la que otorga la categoría de Derechos de Autor, pueden servir para ganar notoriedad en el mercado, o aparecer rápidamente como dueños de un modelo de elaboración de un determinado alimento.

Previo análisis de los ejemplos siguientes, no debe descartarse la posibilidad de contemplar su “patentabilidad”, aunque no queda garantizada la protección completa que confieren las leyes de propiedad intelectual e industrial para las patentes.

Ejemplos de recetas registradas como patentes, tenemos varios casos en España, la lista podría ser interminable, pero podemos referir: la número ES2132039 B1, que tiene por objeto un procedimiento para la preparación de un producto alimenticio tipo “tortilla de patata”; la número ES2092965B1, sobre gazpacho envasado de la marca ALVALLE®; la número ES2382644B1, que tiene como objeto una variante de la llamada “salsa brava”; y otras patentes, sobre un “plato semi-preparado de fabada asturiana” de número ES0265313, un procedimiento de obtención de paella (ES2161177B1) y una nueva tarta de almendras (ES2174736B1).




Comentarios

  1. Gaston Orlando Lopez

    Necesito registrar una receta de cocina como propiedad intelectual.Ingredientes y ejecucion.pollo a la mostaza de Gaston

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