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La promoción de la cultura y de las artes goza de un reconocimiento jurídico al más alto nivel: textos legales internacionales como la Declaración Universal de los Derechos Humanos o la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea la recogen de forma expresa. La Constitución española obliga a los poderes públicos a promover y tutelar el acceso a la cultura y garantiza, además, la libertad de creación literaria y artística como derecho fundamental de protección reforzada. El derecho a la cultura tendría, así, una dimensión pública o institucional, en cuanto deber específico exigible al Estado, y una dimensión puramente privada consistente en el derecho del ciudadano (del novelista, el compositor, el cineasta, el artista, el poeta) a ejercer su oficio sin interferencias externas y con plena libertad crítica y estética.

Históricamente, nuestro país ha aportado a las diversas disciplinas del arte valores indudables de la pintura, la literatura, la música o el cine. Sin embargo, la cultura no ha recibido un tratamiento normativo homogéneo y coherente ni ha sido siempre percibida como una industria. A diferencia de lo que sucede en Francia o en Estados Unidos –por citar dos ejemplos de industrias culturales solventes asentadas sobre modelos contrapuestos-, la cultura no ha tenido en España una presencia nítida y estable entre las políticas de Estado. Las leyes que la regulan (la ley del libro, la del cine, la ley del patrimonio o la de propiedad intelectual, entre otras) obedecen a lógicas muy particulares, pero todas ellas deben aspirar a un objetivo común: tejer una tupida red de normas que propicie la creación cultural y su difusión, garantice unas condiciones de vida dignas a quienes se dedican al trabajo creativo y fomente la inversión en proyectos culturales.

Con melancolía y con cierto desánimo observamos, en cambio, cómo con demasiada frecuencia la ley se nos revela insuficiente: hace apenas dos años, la Seguridad Social expedientó al premio Cervantes Antonio Gamoneda y al Nacional de Literatura Antonio Colinas, junto a otros escritores y autores jubilados (entre los que se encontraba el ahora fallecido Forges) por cobrar los derechos de autor que les correspondían por sus obras además de la pensión de jubilación (“se nos ha muerto Forges y no hemos podido arreglar aún la situación de los creadores jubilados”, lamentaría la diputada Marta Rivera de la Cruz el día de su muerte); recientemente, hemos asistido al secuestro del libro “Fariña” y se han adoptado polémicas decisiones sobre los límites de la libertad de expresión; nos hemos habituado a la demolición de edificios singulares de nuestro paisaje urbano y al abandono o abaratamiento del patrimonio. Y no deja de ser revelador que el país que alberga la mayor pinacoteca de arte clásico del mundo carezca de un Ministerio de Cultura específico –la cultura comparte ministerio con el deporte y la educación- y que la Secretaría de Estado competente deba hacer frente a su cometido en una preocupante situación presupuestaria (según ha reconocido la propia Secretaría en su Informe Anual de Seguimiento y Evaluación del Plan Cultura 2020, un elevado número de los objetivos marcados para 2017 debieron ser desechados o aplazados por falta de medios).

La ley debe estar al servicio de la cultura y favorecer una industria cultural profesionalizada y dinámica que sea respetada dentro y fuera de nuestras fronteras (como sucede ya con las industrias del deporte y de la moda). Bajo esta premisa, la creación en el Colegio de Abogados de Madrid de una sección dedicada al Derecho y la Cultura quiere contribuir a ese cometido desde la sociedad civil. Los asuntos más acuciantes sobre el Derecho y la Cultura son hoy interdisciplinares: el estatuto del artista (que se discute en la Subcomisión de Cultura del Congreso y que pretende corregir la incompatibilidad de la pensión de jubilación con los derechos de autor y dignificar la figura del trabajador de la cultura) combina aspectos de fiscalidad, seguridad social y derechos de autor; la ley del mecenazgo es derecho tributario; la protección del patrimonio se articula a través del derecho administrativo y la libertad de creación debe ajustarse a los parámetros marcados por el derecho constitucional. Ante esta realidad, la nueva Sección quiere servir como punto de encuentro de profesionales que, desde distintos ámbitos de especialización, confluyan en un único espacio de debate en el que intercambiar impresiones sobre los déficits que afectan a la cultura en las distintas áreas del Derecho. Los coloquios organizados por la Sección estarán abiertos a cualquier persona interesada (también a quienes no estén colegiados), lo que permitirá enriquecer el debate mediante la participación de profesionales del sector cultural y de otros ámbitos de la sociedad civil.

En definitiva, la Sección de Derecho y Cultura nace con la intención de fomentar la reflexión sobre el marco normativo en que se desenvuelve la cultura en nuestro país y, modestamente, reivindicar el lugar que merece en el centro del debate jurídico y social.

Antonio Muñoz Vico

Presidente de la Sección de Derecho y Cultura del ICAM

La inauguración de la Sección de Derecho y Cultura tendrá lugar el próximo 5 de abril a las 19:00 horas en el Salón de Actos del Colegio de Abogados de Madrid (C/Serrano 9). Puede consultar el programa de la sesión en el siguiente enlace. Entrada libre previa inscripción en el siguiente enlace. Para darse de alta en la Sección, puede acceder aquí




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