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El 21 de enero se ha instituido como Día Europeo de la Mediación, fecha que coincide con la aprobación del primer texto legislativo de mediación europeo. El 21 de enero de 1998, el Comité de Ministros del Consejo de Europa aprobó la Recomendación R (98) sobre Mediación Familiar. Desde entonces, esta herramienta alternativa para la resolución auotocompositiva de conflictos ha ido ganando terreno, aplicándose en los ámbitos Familiar, Civil y Social, Mercantil y Penal, gracias al impulso de las instituciones judiciales y de la abogacía.

Para impulsar esta vía alternativa para la resolución de conflictos, el Consejo General de la Abogacía Española traslada a la sociedad y a los responsables políticos las siguientes reivindicaciones:

  1. Defiende la solución de las controversias con el menor coste social posible dentro de la cultura de la paz. La mediación sirve para ayudar a las partes “controvertidas” a alcanzar una solución pacífica, económica y ágil del conflicto, preservando la continuidad de las relaciones.
  2. Apoya este sistema de resolución de conflictos que puede ayudar a fortalecer el derecho a la tutela judicial, manteniendo los tribunales de Justicia como último remedio y convirtiendo al ciudadano en protagonista activo de la solución de su conflicto.
  3. Afirma que el abogado gracias a su formación jurídica y a su ejercicio diario en defensa de los derechos de los ciudadanos es el profesional mejor preparado para desarrollar la labor de mediador con la capacidad necesaria para mantener la igualdad de las partes en el proceso.
  4. Reitera que el abogado como asesor de las partes de la mediación es el mejor conocedor de esta vía alternativa autocompositiva para la resolución de conflictos, así como para ofrecer el asesoramiento jurídico adecuado durante todo el proceso de la mediación en beneficio de la mejor defensa legal de su cliente.
  5. Recuerda que la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita establece en su art. 6 que la Justicia Gratuita también comprende el “asesoramiento y orientación gratuitos… sobre la posibilidad de recurrir a la mediación u otros medios extrajudiciales de solución de conflictos”.
  6. Requiere al Ministerio de Justicia y a las diferentes Comunidades Autónomas con competencias en materia de justicia que apoyen mediante medidas económicas los Servicios de Orientación Jurídica en Mediación que existan o puedan ponerse en marcha en los diferentes Colegios de Abogados.
  7. Pide que se contemple en los baremos de Asistencia Jurídica Gratuita las actuaciones del abogado en la mediación intrajudicial, especialmente cuando el letrado es designado por Turno de Oficio y el juez deriva el asunto a la mediación. En estos casos el abogado de oficio debe continuar asistiendo y asesorando a su cliente
  8. Reclama que los ciudadanos sin recursos puedan acceder a la mediación en igualdad de condiciones que en el acceso a los tribunales a través del Servicio de Asistencia Jurídica Gratuita.
  9. Propone que la mayoría de las actuaciones de mediación -incluida la sesión constitutiva y las sucesivas que estimen conveniente- se lleven a cabo por medios electrónicos, por vídeo conferencia u otro medio análogo de transmisión de la voz o la imagen.
  10. Se compromete a impulsar una formación de calidad de los profesionales del derecho para conocer y aplicar este método autocompositivo de resolución de conflictos que nos permita aconsejarlo a nuestros clientes ayudándoles a encontrar la mejor solución al problema planteado

 




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